
PRIMER DEBATE CANDIDATOS A PERSONEROS CRECERISTAS

HOY SE LLEVÒ A CABO EL PRIMER DEBATE ESTUDIANTIL PARA EL CARGO DE PERSONERO ESTUDIANTIL EN EL CUAL PARTICIPARON TODOS LOS GRADOS, Y LOS CANDIDATOS:
DIEGO BERNAL
CAROLINA AGUDELO
PAULA PUENTES
PAULA SIERRA
ALEJANDRA USECHE
MARIANA COBOS.
NUESTROS ESTUDIANTES PRESENTARON TODAS SUS PROPUESTAS OBTENIENDO ASI GRANDES PUNTAJES PARA SER ELEGIDOS
Acerca de la Tecnología
Toggle editorVivimos en una sociedad de la información y la tecnología donde podemos comprar, vender, e interactuar con personas en todo el mundo en tiempo real por medio de computadoras e internet. Así mismo el teléfono, la radio, la televisión, el dinero electrónico, las tecnologías multimedia y la realidad virtual son parte de nuestra vida diaria y lo seguirán siendo pues se encuentran en constante perfeccionamiento y son cada vez más necesarias.
Partiendo de esto, no cabe duda que la educación de niños y jóvenes debe formarlos y capacitarlos para hacer uso de estas tecnologías, no solo en manejo, sino en uso práctico y eficiente de las mismas, que les dé la posibilidad de desempeñarse satisfactoriamente en el mundo laboral, social y cultural.
ESTAMOS EN CAMPAÑA!!!!!
¿QUE HACE EL PERSONERO ESTUDIANTIL?
El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el grado quinto sus funciones son las siguientes:
a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
c) Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.






